Continuamos la publicación de los puntos principales de la Convención sobre los Derechos del Niño. Los primeros 10 artículos de la Convención, se puede explorar aquí.
CTatya 11. Los traslados ilícitos y la devolución
El Estado debe evitar la extracción ilegal de niños del país.
Artículo 12. Las opiniones del niño
El niño, de acuerdo con su edad y madurez, tiene el derecho de expresar su opinión libremente en todos los asuntos que les afectan. Con este fin, se le puede escuchar en cualquier procedimiento judicial o administrativo cuenta de la reunión.
Artículo 13. La libertad de expresión
El niño tiene derecho a expresar libremente sus opiniones, el de investigar y recibir información y dar de cualquier tipo, a menos que no hace daño a los demás, no violar la seguridad nacional y pública orden.
Artículo 14. La libertad de pensamiento, conciencia y religión
El Estado debe respetar el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Los padres o tutores de un niño debe explicarle que la derecha.
Artículo 15. libertad de asociación
Los niños tienen derecho a reunirse y unirse al grupo si no lo hace la seguridad pública y el orden compromiso.
Artículo 16. Protección de los derechos a la intimidad
Todos los niños tienen derecho a la privacidad. Nadie tiene derecho a dañar su reputación, así como para entrar en su casa y leer sus cartas sin permiso. El niño tiene derecho a la protección contra ataques ilegales a su honra y reputación.
Artículo 17. El acceso a la información adecuada
Todos los niños tienen el derecho de acceso a la información. El Estado debe alentar a los medios materiales a la difusión de estos contribuyen al desarrollo espiritual y cultural de los niños, y la prohibición de la información, causando daño al niño.
Artículo 18. responsabilidad parental
Los padres tienen la misma responsabilidad de la crianza y el desarrollo del niño. El estado debe proporcionar la asistencia apropiada a los padres en la crianza y el desarrollo de los niños, así como asegurar el desarrollo de una red de instituciones infantiles.
Artículo 19. Protección contra el abuso y la negligencia
El Estado debe proteger al niño contra todas las formas de violencia, el abandono y los malos tratos por los padres u otros, así como ayudar al niño que ha sido abusado por adultos.
Artículo 20. Protección del niño privado de una familia
Si un niño sea privado de su familia, tiene derecho a la protección y asistencia especiales del Estado. Estado podrá transferir al niño a la educación a las personas que respeten su propio idioma, la religión y la cultura.